Mesa “Medio ambiente”. Refugiados ambientales/Personas ambientalmente desplazadas: ¿qué derechos los amparan? (Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina)

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María Paula Cicogna

Resumen

Luego de la Segunda Guerra Mundial se creó el estatuto de refugio para proteger a aquellos que padecieron los horrores de dicho conflicto armado y para evitar que en el futuro un Estado pudiese atentar contra la vida de una persona, es decir, un instrumento normativo que le permitiera a la persona estar amparada por otro Estado y no ser devuelta a su país de origen. Actualmente otras causas provocan dicho desamparo: la contaminación, las catástrofes naturales y el cambio climático generan miles de desplazados que no se hallan bajo la protección de ninguna norma. Este artículo analiza el concepto de refugio a la luz de la revisión de la normativa y de la bibliografía que estudia la cuestión, para establecer una tipología que permita identificar a los “nuevos” desplazados forzosos, y para develar qué cambio normativo sugieren los autores para efectivizar la protección de esta población.

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Artículos